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05-03-2020

El Observatorio de Asuntos Federales de la UNLP apoya el proyecto autonomista de Rivadavia Primero

El Observatorio de Asuntos Federales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata se hizo eco del proyecto presentado por Rivadavia Primero en el HCD. Lo calificó como “novedoso”. Y además, destacó enfáticamente “la iniciativa de los concejales que intentan ejercer potestades propias, negadas de manera arbitraria por el centralismo provincial”. El objetivo de los ediles es sancionar una Carta Orgánica para cristalizar la autonomía.

El Observatorio también hace docencia al explicar el significado de la "autonomía municipal" consagrada en la Constitución Nacional: “Aludimos a una cualidad específica de los gobiernos locales, que la distingue de otras corporaciones: su capacidad de gobierno propio, y con más precisión, su facultad de organizarse en las condiciones de la ley fundamental, de darse sus instituciones y de gobernarse por ellas con prescindencia de todo otro poder”.

También citan el fallo “Ponce” de la Corte Suprema de la Nación. Allí se  reafirmó la consideración autonómica de los municipios, y se sostuvo que, si bien las Provincias pueden reglar el alcance y contenido de los diversos aspectos de la autonomía, esta reglamentación tiene como límite el principio de razonabilidad contenido en el artículo 28 de la Carta Magna, “en virtud del cual, las Constituciones Provinciales no pueden, bajo la apariencia de reglamentar tal autonomía, transponer los límites de lo racional y razonable para la vigencia efectiva de los municipios”.

El texto recuerda que en la Provincia de Buenos Aires la nota característica del régimen municipal es la no recepción del principio de la autonomía municipal. “Esta situación ha llevado a que numerosos constitucionalistas -entre los que nos encontramos- consideren el sistema municipal bonaerense como inconstitucional por omisión”.

A pesar de ello los integrantes del Observatorio de Asuntos Federales no dudad que los municipios son “verdaderos sujetos políticos del Estado Federal, son autónomos, porque así lo dispone la Constitución Nacional”. Y rematan con un fuerte respaldo al proyecto ingresado al HCD de Rivadavia: “Ninguna provincia puede válidamente desconocer este atributo de los gobiernos locales. Por ello es que en este caso, resulta de vital importancia la iniciativa de los concejales que intentan ejercer potestades propias, negadas de manera arbitraria por el centralismo provincial”.

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